noviembre 21, 2024

Administrador del mercado de Pajacuarán agrede a una mujer de la tercera edad

  •  Es hermano del presidente municipal José Antonio González Flores
  • Luis González Flores se hace acompañar de sujetos para intimidar a comerciantes

agenciaesquema.com

Pajacuarán, Michoacán, 09 de septiembre del 2024.-Luis González Flores, fue nombrado administrador del mercado municipal, por su hermano José Antonio González Flores, alcalde de Morena en su alianza con los partidos verde y PT.

A tan sólo una semana de que José Antonio asumió el cargo, de inmediato empezó a meter a sus familiares en los diferentes cargos, como es el caso de su hermano Luis y su tía Josefina González.

Primero, el nuevo administrador abusando del cargo, se dirigió hacia una mujer de la tercera edad que desde hace 20 años se dedica al comerció, y la obligó a que quitara el puesto del lugar que utilizaba para ganarse la vida, después, cuando la señora decidió guardar su mercancía en un pequeño espacio dentro del mercado, el prepotente administrador, quien iba acompañado de varios sujetos que fungen como sus escoltas para intimidar a los comerciantes, rompieron la puerta y sacaron todo para tirárselo a la indefensa mujer de la tercera edad.

También, Luis González decidió correr a la persona que se encargaba de asear y atender los sanitarios, para nombrar a su tía Josefina como la nueva encargada, según pudo conocer este medio de comunicación.

Con ello, el presidente municipal José Antonio González Flores violenta la Ley y comete el delito de nepotismo al meter a sus familiares en cargos municipales, lo que claramente señala el artículo 220 y que sanciona el Código Penal Federal, lo que le generará responsabilidad a este funcionario.

Marco Jurídico Actual

¿Qué Ley castiga el nepotismo?

¿Cuándo se comete el nepotismo?
“El nepotismo es una forma particular del conflicto de intereses. Aunque la expresión tiende a ser usada de manera amplia, se aplica estrictamente a una situación en la cual una persona usa su poder público con el fin de obtener un favor, con frecuencia un trabajo, para un miembro de su familia.

En la actualidad son dos los ordenamientos que de manera formal tienen injerencia en el tema del nepotismo a nivel Federal, sin embargo, sólo en uno de ellos, se contempla la figura como tal, ya que si bien la actual Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, aún vigente, sólo lo es de manera parcial, ya que todo lo concerniente a las responsabilidades administrativas está derogado, encontrándose ahora regulado en la Ley General de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.

Cabe señalar, que en la actual Ley de Responsabilidades Administrativas, al hacer referencia a los servidores públicos, se hace la remisión directa al contenido del artículo 108 Constitucional, siendo por ello, que a continuación se trascribe el mismo, para tener presente de manera textual a quienes se refiere el término de servidor público.

Hablar de nepotismo es hablar de un daño que se ha venido causando por el tráfico de influencias en los nombramientos, para favorecer a un familiar, y es tan grave que es uno de los motivos de la reforma al poder judicial, esto significa corrupción de acuerdo a los técnicos en materia jurídica, y el presidente municipal en lugar de erradicar este mal lo fomenta y da nombramientos a una persona irracional, que no puede controlar sus impulsos de agresividad, que se hace acompañar por personas agresivas que intimidan y amenazan con golpear, y que con su nombramiento de administrador  de mercado cree que ya es el propietario y que las personas no tienen derechos él es juez y parte. 

En principio se debe mencionar que Luis González Flores, publicó un video en facebook, para acreditar que no se vendió, destacando que por lo que refiere a las personas que expone viola su derecho a la imagen y a la privacidad puesto que él es un servidor público y obligadamente debe proteger los datos personales de la población, y nunca fue autorizado, por lo que incurre en una conducta delictuosa, en donde se ve dos comerciantes que le están preguntando  porque quitar la puerta del espacio que la señora utilizaba como bodega y a gritos y con ademanes de desplantes de su agresividad corporal dice “que ahí es un pasillo” lo cual es ilógico porque es un cuarto, argumenta que los medidores  no pueden estar encerrados, y por eso dejo libre ahí.  

Se le trata de hacerle entender que existe un contrato verbal de comodato es un contrato en el que una persona, llamada comodante, cede el uso de un bien a otra persona, llamada comodatario, de forma gratuita. El comodatario se obliga a devolver el bien en las mismas condiciones en las que se recibió.

A lo que argumenta que el solo aplica la Ley, pero si la aplicará debió demandar quien legítimamente represente al Ayuntamiento, pues él no tiene facultades de ir y quitar la puerta, eso es un delito, mucho menos dejar libre el espacio donde se resguardaban los bienes de la persona adulto mayor, y de los cuales la mayoría le fueron robados.

Ahí se demuestra su inadecuada manera de tratar a las personas y el total desconocimiento de la ley y del respeto a los derechos humanos.

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