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Sahuayo, Michoacán, 25 de enero del 2024.-Un Tribunal Colegiado, evidenció irregularidades en el procedimiento penal que favoreció a Juan Paulo, presunto feminicida de Frida Santamaría, cobardemente privada de la vida durante una fiesta que se celebraba en esta localidad el 18 de junio del 2022, y que permitió la libertad de dicho sujeto el 24 de enero del 2023 y que hoy se encuentra prófugo de la justicia.
En estos, estuvieron involucrados dos Fiscales del Estado, un Juez de Control y un Magistrado del Poder Judicial del Estado, lo que confirma que se le cae la sentencia fraudulenta que fraguó Jorge Alberto Camacho Delgado, titular de la Unidad de Asuntos Especiales de la Fiscalía General del Estado, en contubernio con el Juez de Control y Enjuiciamiento de Sahuayo, y el Magistrado de la Tercera Sala penal del Supremo Tribunal de Justicia en el Estado, el licenciado Armando Pérez Gálvez, por cierto Sahuayense al igual que el presunto asesino.
En dias pasados se publicó la tesis con registro digital 2027989, deducida de la sentencia de amparo dictada por el Tribunal Colegiado en Materia Penal del Decimo Primer Circuito, respecto de los hechos ocurridos el día 18 de junio de 2022, en esta ciudad de Sahuayo, Michoacán, donde la víctima Frida Santamaría, fue cobardemente asesinada presuntamente por su pareja sentimental Juan Paulo, por lo que fue detenido, vinculado a proceso por el delito de feminicidio y fue puesto en prisión preventiva oficiosa; parecía que todo marchaba bien y que se le haría justicia a Frida Santamaría, pero de la noche a la mañana todo cambió en beneficio de Juan Paulo, gracias al licenciado Jorge Alberto Camacho Delgado, titular de la Unidad de Asuntos Especiales de la FGEM, quien en vez de representar a la víctima y garantizar la no impunidad, buscó la forma de beneficiar al imputado, y lo hizo, a pesar de la oposición del asesor de víctimas y como espectador el juez Mario Sotelo Rodríguez, quien evidentemente desconoce el contenido de los artículos 1º y 20 Constitucional, el Ministerio Público pidió la apertura del procedimiento abreviado, clasificando el delito de feminicidio al delito de homicidio culposo, porque según el fiscal Camacho Delgado, fue por accidente que se accionó el arma de fuego e impactó el proyectil en el abdomen de la víctima, violando severamente los derechos de las víctimas y a pesar de que sus asesores se opusieron e incluso pidieron la nulidad de esa conductas procesales, el citado juez Sotelo Rodríguez, denegó todas sus solicitudes, y declaró procedente el procedimiento abreviado, imponiendo una pena de prisión de 3 años, pena que para el delito de feminicidio es una cosa lastimosa y vergonzosa.
Sentencia contra la que apelaron los asesores de la víctima, pero a través de un sospechoso turno en la Oficialía de Partes y Turno de Segunda Instancia, la apelación le fue enviada al Magistrado Armando Pérez Gálvez, de la Tercera sala penal del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, curiosamente paisano del presunto asesino Juan Paulo, ambos de Sahuayo, Michoacán, y se dice sospechosamente porque existen 9 nueve magistrados en materia penal, pero precisamente le tocó a un sahuayense, quien declaró improcedente la apelación y avaló las injusticias cometidas por el juez de Control, con una clara parcialidad a su paisano, el acusado.
Al no tener justicia en los tribunales ordinarios, las víctimas a través de sus asesores jurídicos, promovieron el amparo directo contra la determinación del Magistrado de la Tercera Sala, ante el Tribunal Colegiado en materia penal del Estado de Michoacán, quienes concedieron el amparo y la protección de la justicia federal, toda vez que determinaron que se había violado severamente los derechos humanos de las víctimas, que legalmente no se podía de ninguna manera llevar un procedimiento abreviado con una variación y la clasificación del delito, por lo que ordenó al Titular de la Tercer Sala Penal, dejar sin efectos la sentencia impugnada por el amparo, para que dejara insubsistente su sentencia de apelación, repusiera el procedimiento y todo lo relativo del procedimiento abreviado fueran eliminados del registro y continúe de acuerdo a las disposiciones previstas para el procedimiento ordinario.
A los sahuayenses (imputado y magistrado de la Tercera sala), al fiscal Jorge Alberto Camacho y a la opulenta familia del imputado Juan Paulo, les anunció que no les salió su procedimiento fraudulento para obtener una pena mínima e irse a su casa como si nunca hubiera pasado nada.
Con este revés en contra del Fiscal de Asuntos Especiales Jorge Alberto Camacho, el Juez de Control Mario Sotelo Rodríguez y el Magistrado Armando Pérez Gálvez, se demuestra una vez más que siguen existiendo actos de corrupción en las instituciones encargadas de procurar y administrar justicia, por lo que no es una tarea fácil para el titular, en el caso de la Fiscalía General del Estado, Adrián López Solís vigilar de cerca a cada uno de sus funcionarios, porque, en este caso, también el Fiscal Regional de Jiquilpan Alberto Padilla Ontiveros firmó la autorización para el procedimiento abreviado de dicho caso.
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