marzo 27, 2025

Demandan a abogada de Jiquilpan por quedarse con 350 mil pesos

  • Contrataron sus servicios para el cobro del adeudo, pero, nunca entregó el dinero
  • Hay denuncia penal en su contra, pero desde hace siete años la corrupción de Ministerios Públicos y Poder Judicial no ha permitido que se haga justicia a la agraviada
  • La litigante tiene un hijo en el Juzgado donde se ventila el caso

agenciaesquema.com

Jiquilpan, Michoacán.-20 de abril del 2023.- En clara violación a los principios rectores que rigen la actividad del Ministerio Público, al Código de Ética y reglas de integridad de la Fiscalía General del Estado, es el actuar que han tenido los Ministerios Públicos que han tenido bajo su cargo la carpeta de investigación con número Único de Caso 1010-2022-27194, instruida en contra de Yolanda Muñiz Álvarez, por delito de Abuso de Confianza, cometido en agravio de la señora Ma. Guadalupe N. B, además de transgredir flagrantemente los derechos de la víctima plasmados en el artículo 1 de la Constitución general de la república.

Es de precisar que la denuncia se presentó y se inició la investigación con fecha 09 nueve de julio del año 2015, en el referido expediente se ejercitó acción penal y de reparación del daño ante el Juzgado Mixto de Primera Instancia de Jiquilpan, registrándose bajo el número 2/2018; el proceso, en donde se solicitó la orden de aprehensión en contra de la referida indiciada, y se dictó un auto de incompetencia desde el día 11 de diciembre del año 2018, pretendiéndose solucionarlo por medios alternativos de solución de controversias, y transcurrió un tiempo extremadamente dilatorio en que no se dio el seguimiento respectivo en la causa penal número 675/2019, causa penal originada una vez convalidados los actos de investigación en audiencia oral el día 10 de agosto del año 2021, todo esto considerando que el código nacional de procedimientos penales reconoce la posibilidad de convalidar o regularizar actuaciones, como lo señala el artículo Quinto Transitorio del Código Transitorio, ante la omisión y dilación del trámite con fecha 9 de septiembre del año 2022, se coarto el derecho por parte del Ministerio Público a tener un asesor victimal, y el Ministerio Público luego de cuatro ocasiones de ser requerido y que se le diera vista, nunca hizo un pronunciamiento, y a pesar de que la incompetencia del juzgado mixto de primera instancia de Jiquilpan, Michoacán fue en el mes de diciembre del año 2019, y se llegó a un convenio con el Ministerio Público respecto de la queja en fecha 3 de noviembre del año 2020, en donde el agente del Ministerio Público de Litigación de la Fiscalía Regional de Jiquilpan, Luis Roberto Reyna Mendoza, se comprometió a convalidar las actuaciones, lo que una vez realizado ya nunca prosiguió con el trámite de solicitar audiencia para formular imputación, como se estipuló en el convenio ante Derechos Humanos.

Más sin embargo, de manera contradictoria y al haberse convalidado prevalece un valor como datos de prueba, y que no pueden ser desestimados por el Ministerio Publico.

Nótese que el criterio de la Fiscalía Regional de Jiquilpan fue en el convenio de formulación de imputación con esa finalidad se le entrego al licenciando José Vázquez Morales, quien decretó en fecha 23 de agosto del año 2022, (a un año nueve meses del convenio) sin fundar ni motivar los actos de investigación, dictó el auto de no ejercicio de la acción penal, a lo cual dentro del término legal se interpuso el recurso que establece el artículo 258 del Código Nacional de Procedimientos Penales, ante el juez de control de Garantías y Enjuiciamiento del Sistema de Justicia Penal Acusatorio y oral de la Región de Sahuayo, Michoacán, presentó escrito el día 5 de septiembre del año 2022, en fecha 6 de septiembre; fue requerido el Ministerio Público para que exhibiera la resolución con la que daba fin a la investigación, así como la notificación a las partes, lo que cumplió hasta el día 12 de septiembre del año 2022, quien realmente la recibió para resolverla pues en la carpeta de investigación se contienen datos idóneos, pertinentes, suficientes y legalmente obtenidos, el hecho considerado como delito.

En pocas palabras, la denunciada licenciada Yolanda Muñiz Álvarez fue contratada como profesionista para que se encargada de cobrar un adeudo de 350 mil pesos, lo cual si llevó a cabo pero nunca le entregó el dinero a la agraviada aún tratándose de una persona de la tercera edad, lo que refleja la corrupción que ha imperado durante siete años entre Ministerios Públicos y Poder Judicial, toda vez que la demandada tiene un hijo trabajando en los juzgados.

Redacción ESQUEMA Noticias

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